El Instituto Nacional Electoral (INE) se limitará a contar espectaculares, bardas y propagandas de los aspirantes a la Presidencia, tanto de Morena-PT-PVEM como del Frente Amplio por México, y no determinará si son actos anticipados de precampaña y campaña, pues esa es facultad exclusiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Ayer, el Consejo General del INE aprobó con siete votos a favor y cuatro en contra, los lineamientos para supervisar y fiscalizar la propaganda y eventos que contratan y hacen los presidenciables, no así medidas para frenarlos luego de que el pasado 19 de julio la Sala Superior del TEPJF validó ambos procesos adelantados, incluso con la advertencia de la magistrada Janine Otálora de que ambas definiciones son un fraude a la Ley.
“Todavía no existe un pronunciamiento formal por parte del Tribunal Electoral que es la autoridad competente para calificar la legalidad de los actos que se están llevando a cabo todos los partidos políticos o casi todos los partidos políticos, en ese sentido, no existe una certeza jurídica o legal de que efectivamente lo sean”, dijo.
A pregunta expresa sobre la aseveración de la magistrada Otálora de que si son actos proselitistas los que realizan Morena y la oposición, el consejero mencionó que el dicho “es una opinión de carácter personal que no tiene un efecto jurídico”.
Se le insistió sobre el papel del INE para frenar los procesos y si el árbitro electoral quedaría como cómplice de alguna eventual declaración de actos anticipados de precampaña que llegara a determinar el Tribunal Electoral.
-Con información Sol de México
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