De acuerdo al Artículo 103 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, en su fracción VI, ningún candidato o partido político podrá colgar, adherir o pintar ningún tipo de propaganda política en espacios públicos; considerando entre estos centros religiosos, zonas y monumentos arqueológicos, históricos o artísticos; así tampoco en bienes del dominio del poder público, excepto en aquellos concedidos a los partidos políticos o coaliciones para la realización de actividades relacionadas con sus fines.

Sin embargo, se ha observado propaganda política del candidato a la presidencia municipal de Corregidora, Roberto Sosa Pichardo, en una zona verde pública sobre Paseo Constituyentes, a la altura del fraccionamiento Tejeda.

Cabría preguntar si este espacio fue otorgado al Partido Acción Nacional o su candidato por Corregidora, a fin de saber si cumple con la normatividad aplicable.