La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad de los militares de poder intervenir comunicaciones privadas, sin antes pedir una autorización de un juez de control del fuero común.
La decisión fue tomada por el Pleno de la Suprema Corte, que con ocho votos, que es la mayoría calificada para estos procesos judiciales, se decidió invalidar la técnica de investigación que está contemplada en la reforma al Código Militar de Procedimientos Penales.
Al respecto, el ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, explicó que en su proyecto se señala que, pese a que el Código Militar impugnado cuenta con algunos controles para ejercer dichas intervenciones, declaró que estas no eran claras ni suficientes.
«Lejos de generar certeza, causa incertidumbre en relación con cuál es el límite de esta atribución, dado que sólo se menciona la causa por la que puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes puede llevarse a cabo, lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial, al poder realizarla, no sólo respecto del personal militar sujeto a una investigación, sino sobre personas ajenas al fuero castrense», detalla el documento presentado por el ministro Aguilar Morales.
Derivado de esta decisión, la Suprema Corte también invalidó la facultad de los militares para asegurar cuentas bancarias sin tener la autorización de un juez del fuero civil. Esto último, sin importar que el delito que se esté indagando sea del fuero militar.
-Con información de PolíticoMX